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PERITO AVALUADOR

No. SBS-INJ-2006-626

Camilo Valdivieso Cueva
INTENDENTE NACIONAL JURIDICO

Considerando:

Que según lo dispuesto en el artículo 3 de la Sección I "Definiciones, requisitos, incompatibilidades y registro", del Capítulo II "Normas para la calificación y registro de peritos avaluadores", del Subtítulo IV "De las garantías adecuadas", del Título VII "De los activos y límites de crédito", de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, corresponde a la Superintendencia de Bancos y Seguros calificar la idoneidad y experiencia del perito avaluador;

Que el arquitecto Pablo Camilo Cárdenas Oleas, ha presentado la solicitud y documentación respectivas para su calificación como perito avaluador, las que reúnen los requisitos exigidos en las normas reglamentarias pertinentes;

Que a la fecha de expedición de esta resolución, el arquitecto Pablo Camilo Cárdenas Oleas no registra hechos negativos relacionados con la central de riesgos, cuentas corrientes cerradas y cheques protestados; y,

En ejercicio de las funciones conferidas por el Superintendente de Bancos y Seguros mediante Resolución No. ADM-2006-7616 de 16 de mayo del 2006, que contiene el Estatuto Orgánico por Procesos y Organigrama Estructural de la Superintendencia de Bancos y Seguros,

Resuelve:

Artículo 1.- Calificar al arquitecto Pablo Camilo Cárdenas Oleas, portador de la cédula de ciudadanía No. 060191602-6, para que pueda desempeñarse como perito avaluador de bienes inmuebles en las instituciones del sistema financiero, que se encuentran bajo el control de la Superintendencia de Bancos y Seguros.

Artículo 2.- Disponer que se incluya la presente resolución en el Registro de Peritos Avaluadores, se le asigne el número de registro No. PA-2006-839 y se comunique del particular a la Superintendencia de Compañías.

Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial.- Dada en la Superintendencia de Bancos y Seguros, en Quito, Distrito Metropolitano, el veinticinco de octubre del dos mil seis.

f.) Dr. Camilo Valdivieso Cueva, Intendente Nacional Jurídico.

Lo certifico.- Quito, Distrito Metropolitano, el veinticinco de octubre del dos mil seis.

f.) Lcdo. Pablo Cobo Luna, Secretario General.

Superintendencia de Bancos y Seguros.- Certifico que es fiel copia del original.- f.) Dr. Miguel Angel Naranjo Iturralde, Secretario General (E).

 





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